El Boletín Oficial del Estado español publica hoy una resolución por la que se suprime la obligación de prever la entrada de España por fronteras terrestres con certificados sanitarios como los exigidos para los que entran por vía aérea y marítima.
La portavoz del gobierno español ya había asegurado este martes que Madrid, en lo que respecta a los viajes terrestres con Portugal, «volvería a donde estaba» antes.
«No requerirá ningún tipo de prueba, ningún tipo de protocolo adicional a lo ya solicitado», dijo.
El gobierno portugués había pedido una aclaración el lunes y amenazó con tomar medidas recíprocas después de que España impuso el requisito de que los viajeros por tierra de Portugal a España tuvieran una prueba de diagnóstico de covid-19 negativa (realizada dentro de las 48 horas anteriores). o antígeno, certificado de vacunación o cura de enfermedad.
El Ministerio de Sanidad español publica hoy una resolución en el Diário da República del país, que establece que «se suprime el párrafo cuarto de la resolución del 4 de junio de 2021».
Este apartado disponía que desde el pasado lunes «todas las personas de seis años o más procedentes de países o zonas de riesgo que lleguen a España por vía terrestre deberán estar en posesión de una de las certificaciones …» de la realización de una prueba diagnóstica de covid-19.
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