El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) no admitió a trámite el primer recurso remitido por el equipo jurídico de Carles Puigdemont, expresidente de la Generalitat de Barcelona, en el caso del reconocimiento de su escaño en el Parlamento Europeo. La acción de Puigdemont iba dirigida contra la Comisión Electoral Central de la Junta de España por no haber incluido su nombre en la lista de eurodiputados que debería haber enviado al Parlamento Europeo tras las elecciones.
El tribunal de Estrasburgo informó a los abogados que la solicitud era discutible ya que el propio Parlamento Europeo reconoció su estatus, sin abordar otros aspectos de su situación jurídica.
Sin embargo, la cuestión planteada por Puigdemont se queda en un vacío jurídico: el Tribunal Europeo ha dictaminado que la condición de eurodiputado se adquiere con la proclamación de los resultados. Sin embargo, la Comisión Electoral Central nunca lo ha reconocido como tal porque la legislación española define que tras la proclamación de los resultados, las prerrogativas de los diputados electos quedan suspendidas hasta que completen el proceso de toma de posesión de la Constitución.
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