Empresa se niega a compartir vacaciones para llevar a su hijo al médico (y está condenada)

Empresa se niega a compartir vacaciones para llevar a su hijo al médico (y está condenada)

O El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha ratificado la sentencia de una empresa gallega que denegó a una trabajadora la posibilidad de dividir sus vacaciones en tres periodos para acudir a una cita médica de su hijo.

El juzgado considera que se ha vulnerado injustificadamente el derecho fundamental de la mujer a la conciliación de la vida personal y profesional y ordena a la empresa que la indemnice por el daño moral causado.

Los hechos, según la decisión citada por Público Español, se remontan al año 2022, cuando la mujer envió un correo electrónico a su supervisor pidiéndole que dividiera en tres partes las vacaciones de ese año. La supervisora ​​respondió con el pretexto de que tenía que cumplir con lo establecido en la convención colectiva que establece que las vacaciones pueden fraccionarse en dos quincenas. Si bien la mujer reiteró su pedido, aludiendo a “asuntos personales”, éste fue nuevamente denegado.

La sentencia indica que el motivo de esta solicitud es la enfermedad del hijo de la mujer, que la obligaba a consultar con frecuencia al médico, quien fue operado en septiembre del mismo año.

Además, tal y como refleja la sentencia, el acuerdo de empresa «no impide» el fraccionamiento de los periodos vacacionales. Establece que se puede llegar a un acuerdo entre la empresa y los trabajadores para dividirlos.

El juzgado recuerda que la empresa no justificó su decisión por «necesidades productivas u organizativas» y recuerda que esa opción de reparto ya se la había concedido a otro trabajador.

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